(Titularidad).- La titularidad del Fondo de Reconversión de Industrias Lácteas será ejercida por los Ministerios de Economía y Finanzas, de Ganadería, Agricultura y Pesca y de Industria, Energía y Minería, que podrán delegar la administración en personas jurídicas que tengan capacidad legal para el ejercicio del comercio. La administración podrá ser contratada con cargo a los recursos del Fondo.