PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
(Registro y publicidad).- Con el reconocimiento de la personería jurídica de la organización y la inscripción en el Registro de los estatutos presentados, se dispondrá su publicación en el Diario Oficial. La información del Registro de Organizaciones de Trabajadores y de Empleadores será de acceso público.Ayuda