Ley 20.380
Regúlase la actividad de los operadores inmobiliarios.
(4.841*R)
PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
Artículo 1
(Objeto de la ley).- La presente ley tiene por objeto regular el ejercicio de la actividad profesional inmobiliaria, desarrollada por los comisionistas, agentes, corredores, brókeres, operadores, franquicias inmobiliarias, empresas prestadoras o prestadores de servicios inmobiliarios y empresas prestadoras o prestadores de servicios inmobiliarios turísticos, todos ellos, en adelante, operadores inmobiliarios, en el marco de la defensa de la libre competencia.
LACALLE POU LUIS; ANA RIBEIRO; AZUCENA ARBELECHE; MARIO ARIZTI; REMO MONZEGLIO.