Fecha de Publicación: 11/01/1924
Página: 67
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MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA

Artículo 128

   Cualquiera de las causales de los artículos 125 y 126, debidamente comprobada, determinará, previa sentencia ejecutoriada, la exclusión de la inscripción de aquel a quien le fuere imputada.
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