Fecha de Publicación: 11/01/1924
Página: 67
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA

Artículo 198

   Los autores de delito frustrado sufrirán las mismas penas que los de delito consumado.
   
                          CAPITULO XXVIII

             De los juicios por delitos electorales
Ayuda