Son jueces competentes para conocer de los juicios sobre delitos electorales:
En primera instancia, los Jueces Letrados Departamentales en campaña y los Jueces Letrados Correccionales en Montevideo. El sumario, en Montevideo, estará a cargo de los Jueces Letrados de Instrucción.
En segunda instancia, los Jueces del Crimen, con excepción de los juicios radicados en los Departamentos de Salto, Paysandú, Río Negro y Artigas, cuyo conocimiento corresponderá a los Jueces de lo Civil, Comercial y Correccional, de las respectivas jurisdicciones.