Fecha de Publicación: 11/01/1924
Página: 67
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA

Artículo 94

   La hoja electoral comprenderá con respecto al que se inscribe:

A)  Serie y número de orden.
B)  Nombre y apellido que contenga el documento presentado.
C)  Nombre y apellido usuales, si difirieren de los que contenga el
    documento presentado.
Ch) Impresión dígito-pulgar derecha o de otro dedo que se indicará, a
    falta de ese pulgar.
D)  El positivo fotográfico.
E)  La individual dactiloscópica.
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