Fecha de Publicación: 09/02/1925
Página: 211
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 11

   La Administración Nacional del Puerto contribuirá con la suma de ciento treinta mil pesos ($ 130.000) a los gastos de conservación de fondos, proyectándose y efectuándose las obras por el Ministerio de Obras Públicas.
   Además contribuirá con la suma de $ 40.000 para atender el servicio de Policía Marítima.
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