Fecha de Publicación: 09/02/1925
Página: 211
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MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 58

   Mientras no se dicte la Ley Orgánica para la Armada, los oficiales egresados del curso de máquinas que se dicta en la Escuela Naval, figurarán como oficiales efectivos en la misma planilla que los del Cuerpo de la Armada.
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