Fecha de Publicación: 14/09/1926
Página: 549-A
Carilla: 1

Artículo 16

   El Jefe de la Sección Horticultura del Asilo de Alienados y Colonia de Educación Profesional percibirá, además de su sueldo, el 10 % del importe que proporcione la venta al público de árboles y plantas.
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