Ley
Se suprimen unos rubros de la planilla número 12 del Ministerio de Industrias y se autoriza una suma para los gastos que origine a la Imprenta Nacional la publicación del "Diario Oficial".
Poder Legislativo.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1
Suprímese de la planilla número 12 del Ministerio de Industrias los rubros siguientes:
Gastos del personal e imprenta para la impresión
del "Diario Oficial" .................................... $ 17.444 72
Para la compra de materiales de imprenta, encuadernación,
etc., del "Diario Oficial" .............................. " 10.000 --
Papel para el "Diario Oficial" ............................ " 17.800 --
Para aumento de personal del "Diario Oficial" ............. " 6.000 --
Por el Consejo: CAVIGLIA.- CARLOS MANDILLO.- DANIEL BLANCO ACEVEDO.- Manuel V. Rodríguez, Secretario.