Fecha de Publicación: 24/10/1928
Página: 197-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 14

   Los servicios y gastos generales con destino a vialidad e hidrografía no podrán exceder anualmente de la suma de $ 432.120 y $ 694.000, respectivamente, los que se distribuirán en la siguiente forma:

   Para vialidad -

Sueldos del personal extrapresupuesto técnico,
 administrativo y obrero................................... $ 189.000
Depósito y taller de Villa Colón ........................... "  12.000
Estudios y proyectos (gastos de oficina) .................. "  14.400
Locomoción y viáticos ..................................... "  12.000
Arbolado de carreteras .................................... "  24.000
Instalaciones, planteles, máquinas, etc. .................. "180.000
Quebrantos de caja ........................................ "    720
                                                            _________
                                                            $ 432.120

   Para hidrografía -

Balizamiento ............................................. "  60.000
Presupuesto vapor balizador "C-9" ........................ "  24.000
Funcionamiento de los faros (gastos ...................... "  15.000
Funcionamiento de los trenes de dragado .................. "  330.00
Sueldos anuales extrapresupuesto de personal 
 técnico y administrativo ................................. "  60.000
Viático y Locomoción, gastos de oficinas,
 adquisición de útiles y alquileres ...................... "  15.000
Partida anual para conservación del material y muelles ... "  60.000
Conservación de obras fijas de los puertos y muelles ..... " 100.000 
Funcionamiento servicios navegación interior .............."  30.000
                                                            ________
                                                           $ 694.000
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