Fecha de Publicación: 24/10/1928
Página: 197-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 16

   Se autoriza al Consejo Nacional de Administración para emitir deuda pública que se denominará de "Vialidad e Hidrografía", hasta la suma de diecisiete millones de pesos ($ 17.000.000) con un interés anual de seis por ciento y con el uno por ciento de amortización acumulativa, a la puja cuando los títulos se coticen abajo de la par y por sorteo siempre que se coticen abajo arriba de la par. El tipo de colocación no será inferior en más de dos puntos al tipo de los títulos del mismo interés en el momento de la emisión.
   El Consejo Nacional de Administración podrá vender o caucionar anualmente hasta la suma de tres millones de pesos ($ 3.000.000) para pagar los saldos de obras y conservación de las mismas que no pudiesen ser cubiertos con el monto anual de los recursos establecidos en esta ley.
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