Fecha de Publicación: 24/10/1928
Página: 197-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 7

   Los puertos de Montevideo, Nueva Palmira y Colonia quedan exceptuados de los impuestos y tasas creados por el artículo anterior, con excepción de la patente de privilegio de paquete.
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