Fecha de Publicación: 12/08/1931
Página: 387-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 10

   El Poder Ejecutivo deberá rever el decreto reglamentario de la ley de 6 de Mayo de 1911, a fin de verificar en la forma más práctica y rápida, el empleo de la nafta, exonerada de impuestos por su aplicación a usos agrícolas.
Ayuda