Redúcense de las planillas de Presupuesto de Gastos vigentes al 30 de Junio último, en las partidas correspondientes los importes que se establecen a continuación: Planilla número 66. Ministerio de Guerra y Marina. Varios Gastos, proporcionalmente en cada uno de los items que integran dicha planilla, ciento sesenta y dos mil pesos ($ 162.000).
No regirá para las planillas del Ministerio de Guerra y Marina, durante el ejercicio 1931-1932, la limitación establecida en la primera parte del inciso 1.o del artículo 18 de la ley de 7 de Febrero de 1925.