Fecha de Publicación: 12/08/1931
Página: 387-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 11

   Redúcense de las planillas de Presupuesto de Gastos vigentes al 30 de Junio último, en las partidas correspondientes los importes que se establecen a continuación: Planilla número 66. Ministerio de Guerra y Marina. Varios Gastos, proporcionalmente en cada uno de los items que integran dicha planilla, ciento sesenta y dos mil pesos ($ 162.000).
   No regirá para las planillas del Ministerio de Guerra y Marina, durante el ejercicio 1931-1932, la limitación establecida en la primera parte del inciso 1.o del artículo 18 de la ley de 7 de Febrero de 1925.
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