Fecha de Publicación: 14/08/1933
Página: 250-A
Carilla: 2

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Ley N° 9.069

Se autoriza la emisión de "Bonos de Previsión Social 1933" con fines de crear recursos para la Caja de Servicios Públicos.

Asamblea Deliberante.

   La Asamblea Deliberante, en ejercicio de sus funciones de Poder Legislativo,

                                     DECRETA:

Artículo 1

   Autorízase al Poder Ejecutivo para emitir, con la garantía subsidiaria del  
Estado, "Bonos de Previsión Social 1933" hasta por doce millones de pesos  
(pesos 12.000.000.00) para los siguientes fines:

A) Pago de pasividades atrasadas correspondientes a los expedientes de  
   jubilación y pensión de la Caja de Servicios Públicos, que se liquiden  
   desde la promulgación de esta ley hasta el 31 de Diciembre de 1935.
B) Pago de los reintegros adeudados a la Caja de Servicios Públicos por los  
   jubilados y pensionistas.
C) Pago de las cuentas adeudadas a la Caja de Servicios Públicos por las  
   empresas afiliadas, anteriores al 1° de Abril de 1933.
D) Indemnización de los quebrantos que le originen a la Caja de Servicios  
   Públicos, los beneficios que se conceden por esta ley a las empresas  
   deudoras, para facilitar la liquidación de los atrasos anteriores al 1°  
   de Abril de 1933.

TERRA.- P. MANINI RIOS.
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