Fecha de Publicación: 14/08/1933
Página: 250-A
Carilla: 2

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Artículo 12

   La Dirección General de Impuestos Directos no expedirá patentes de giro a los establecimientos que no justifiquen ante ella, por medio de un
certificado expedido por la Caja de Jubilaciones de Servicios Públicos, su afiliación a este organismo, en el caso de que le comprendan las leyes vigentes sobre jubilaciones.
Ayuda