Fecha de Publicación: 21/03/1934
Página: 558-A
Carilla: 2

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 16

   Las solicitudes de registro de hoja de votación podrán presentarse ante la Corte Electoral veinte días antes de la elección y ante las Juntas Electorales quince días antes de la elección.
Ayuda