Fecha de Publicación: 30/05/1934
Página: 541-A
Carilla: 1

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Artículo 16

   Las economías que se produjeren en el rubro "Material docente" de la Escuela Militar, serán destinadas: el 50 % para fomento de biblioteca y gabinetes; y el 50 % restante, para Rentas Generales.
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