Fecha de Publicación: 13/07/1935
Página: 89-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA

Ley 

Se dictan disposiciones para la lucha contra la sarna ovina

Poder Legislativo.

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                      DECRETAN:

Artículo 1

   Todo propietario de hacienda lanar está obligado a mantenerla limpia de sarna.

TERRA.- CESAR G. GUTIERREZ.- CESAR CHARLONE.- MARTIN R. ECHEGOYEN.- AUGUSTO CESAR BADO.
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