MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Las empresas que gocen de privilegio industrial o patente de invención, o que disfruten de protección arancelaria para la fabricación y venta de sus productos, pagarán una contribución adicional del 3 % sobre los salarios, con destino a cubrir las erogaciones impuestas por los artículos 1° y 2° de esta ley.Ayuda