Fecha de Publicación: 11/01/1936
Página: 33-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 23

   Destínase a la Dirección de Aeronáutica Civil, para gastos de funcionamiento, la cantidad de cinco mil pesos ($ 5.000.00) con cargo a
Rentas Generales.
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