Las economías de presupuesto del Ministerio de Salud Pública y el importe de las prescripciones de billetes de lotería, cuando el producido de ésta exceda de la suma establecida en el cálculo de recursos, serán destinadas:
A) A gastos de propaganda de la lotería, hasta la suma de doce mil pesos ($
12.000.00) anuales.
B) A obras, mejoras y ampliación de servicios de asistencia.
Las economías que se obtengan en sueldos, compensaciones y equipos de
Oficiales y tropa del Ministerio de Defensa Nacional se destinarán: el setenta por ciento (70 %) a Rentas Generales y el treinta por ciento (30 %) restante a la Caja de Pensiones Militares.