MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Fe de erratas publicada/s: 25/04/1956.
Si ocurriese la muerte de ambos cónyuges y dejaran éstos hijos menores, se mantendrá también el bien de familia bajo la administración del tutor de los menores, o del curador en su caso, hasta que dichos menores lleguen a la mayoría de edad.Ayuda