Sustitúyese el artículo 16 de la ley Nº 9482 por el siguiente: "Artículo 16. Destínase la suma de $ 82.000.00 para atender los sueldos de sesenta y seis Inspectores de Sarna, seis Inspectores Veterinarios y los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, hasta el 31 de Diciembre de 1939. El personal afectado a esta ley, será transitorio, pudiendo ser reducido por la Dirección de Ganadería cuando lo estime innecesario."