Fecha de Publicación: 06/12/1939
Página: 413-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Ley

Se fija el presupuesto del Ministerio de Salud Pública.

Poder Legislativo.

  El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, 

                             DECRETAN:

Artículo 1

   Fíjase, para el ejercicio 1939, en la cantidad de $ 8.223.951.38, el monto 
líquido del presupuesto del Ministerio de Salud Pública según detalle 
establecido en la planillas que se acompañan.

BALDOMIR.- JUAN C. MUSSIO FOURNIER.- CESAR CHARLONE.
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