Fecha de Publicación: 06/12/1939
Página: 413-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 10

   Sustitúyese el artículo 4º de la ley de Presupuesto General de Gastos de 18 de Octubre de 1938, por el siguiente: "El importe de las prescripciones de billetes de lotería será destinado por el Poder Ejecutivo, a gastos de propaganda de la lotería hasta $ 12.000.00 y en un 50% para refuerzo de los rubros "Alimentación", "Farmacia y Droguería" e "Inmuebles" del Ministerio de Salud Pública y el 50% restante para la finalidad prevista por el artículo 11 de esta ley.
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