MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
El Poder Ejecutivo por decreto fundado, podrá modificar el destino de sus funcionarios técnicos o administrativos siempre que al trasladarlos les adjudique cargos equivalentes, en sueldo y jerarquía. Igual procedimiento deberá adoptarse para los traslados en comisión y el nombramiento de los respectivos suplentes.Ayuda