MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
No se considerarán vacantes los cargos que, como consecuencia de las disposiciones de esta ley, sufran cambios de denominación o de planilla, ni los que pagados con imputación a partidas de gastos, pasan ahora por vía de regularización presupuestal, a integrar aquéllas debiendo uno y otros ser ocupados por los funcionarios que los desempeñan.Ayuda