MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Al liquidarse cualquier jubilación cuyo monto resultante exceda de $ 1.800.00 anuales, se practicará un descuento del 10% sobre el exceso hasta $ 2.400.00 y así sucesivamente aumentando el descuento en un 5% más por cada fracción de $ 600.00 de aumento en el promedio.Ayuda