MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Los organismos y funcionarios autorizados para el manejo y guarda de
Carnets de Trabajo y hojas de cotización, no podrán utilizar esos documentos para otros fines que los determinados por esta ley ni conceder a su respecto información a terceros.
La transgresión de este deber se reputará falta grave.
II
Categorías de salarios
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