Fecha de Publicación: 16/08/1940
Página: 232-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 28

   Los gastos de emisión de los timbres, hojas de cotización y suministro de libros y formularios a las oficinas expendedoras, serán de cargo de la Caja de Jubilaciones de la Industria, Comercio y Servicios Públicos.

                                      IV

                             Hojas de cotización
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