MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
La aplicación de las multas será decidida por el Directorio del Instituto de Jubilaciones y Pensiones del Uruguay y su producto será afectado al fondo jubilatorio correspondiente. El cobro de las cantidades especificadas en los artículos anteriores, por concepto de multas, se realizará por vía de apremio.Ayuda