MINISTERIO DE HACIENDA. INSTITUTO DE CONTRALOR DE EXPORTACIONES E IMPORTACIONES DEL ESTADO. DEPENDENCIA. CREACION




Promulgación: 10/01/1941
Publicación: 17/01/1941
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1941
  •    Página: 34
Referencias a toda la norma

Artículo 9

   Las Aduanas del país no despacharán ningún permiso de Importación o de Exportación que no sea autorizado previamente por el Contralor. El mismo requisito se exigirá para el despacho de las encomiendas postales y las importaciones por comisionistas en las condiciones que los reglamentos determinarán.
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