El personal docente amparado por la Caja Escolar que actualmente tenga 25 años de servicios, se equiparará a los que tienen el coeficiente setenta y cinco (75) y tendrán derecho a jubilarse por esa causal y en la forma que establece la ley número 9.940 de 2 de Julio de 1940 para esos servicios especiales. (*)