PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. EMISION. FIJACION DE IMPUESTO. VENTAS Y TRANSACCIONES




Promulgación: 30/09/1941
Publicación: 06/10/1941
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1941
  •    Página: 912
Ver vigencia: Ley Nº 10.756 de 27/07/1946 artículo 33.
Referencias a toda la norma

Artículo 21

   Se autoriza al Poder Ejecutivo para que acuerde y realice con el Banco de la República la cancelación del saldo adeudado por el Estado, utilizado en el rescate de Obligaciones de la Caja Autónoma de Amortización (ley 9 de Noviembre de 1934), quedando fijado su saldo, (pesos 5:817.250.05 oro), en $ 15:473.881.38 moneda nacional de curso legal, cancelación que se hará mediante la entrega de Títulos de Deuda Pública que se denominará "Deuda Interna 2.25% 1941".
Ayuda