TITULO II
Dirección y Administración de la Caja CAPITULO III
De los recursos administrativos y jurisdiccionales
Artículo 16
Regirán, respecto de las resoluciones del Directorio de la Caja, los recursos y procedimientos establecidos en los artículos 119, 120, 121 y 122 de la ley número 9.940, de 2 de Julio de 1940.(*)