TITULO II
Dirección y Administración de la Caja CAPITULO I
Del Directorio
Artículo 9
El Directorio, por mayoría de votos y cada dos años, designará de su seno el Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero.
La Presidencia y Vicepresidencia serán siempre ejercidas por escribanos. Corresponderá la primera a uno de los integrantes de la lista
más votada. No obstante con cinco votos conformes podrá precindirse de esta disposición.(*)