LEY ORGANICA MILITAR. MODIFICACION




Promulgación: 04/12/1941
Publicación: 12/12/1941
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1941
  •    Página: 1173

Artículo 1

   Fíjase en 64 años de edad de retiro para los Generales prevista por el artículo 344, inciso A) de la ley número 10.050, de 18 de Setiembre de 1941.

Artículo 2

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Ley Nº 10.050 de 18/09/1941 artículo 
427 Derogada/o.

Artículo 3

  (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Ley Nº 10.050 de 18/09/1941 artículo 
431 Derogada/o.

Artículo 4

   El Poder Ejecutivo dictará, en las oportunidades correspondientes, las reglamentaciones necesarias para el cumplimiento de la ley número 10.050.

Artículo 5

   Comuníquese, etc.

BALDOMIR - JULIO A. ROLETTI
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