Ver vigencia: Decreto Ley Nº 10.183 de 01/07/1942 artículo 1, Decreto Ley Nº 10.134 de 17/04/1942 artículo 1. Ver: Ley Nº 12.293 de 03/07/1956 artículo 33.
Las partidas de locomoción asignadas por el presupuesto para cargos determinados, están sujetas a pago de montepío y en consecuencia son computables a los efectos de la jubilación.