Ver vigencia: Decreto Ley Nº 10.183 de 01/07/1942 artículo 1, Decreto Ley Nº 10.134 de 17/04/1942 artículo 1. Ver: Ley Nº 12.293 de 03/07/1956 artículo 33.
La Sanidad Militar verterá anualmente a Rentas Generales, la suma de $ 2.160.00 de sus proventos, importe de la asignación de seis odontólogos que se incorporan al Item 3.19 y que se pagaban con dichos proventos a $ 30.00 mensuales cada uno.