PRESUPUESTO. PRORROGA




Promulgación: 26/12/1941
Publicación: 17/01/1942
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1941
  •    Página: 1253
Ver vigencia:
      Decreto Ley Nº 10.183 de 01/07/1942 artículo 1,
      Decreto Ley Nº 10.134 de 17/04/1942 artículo 1.
Ver: Ley Nº 12.293 Derogada/o de 03/07/1956 artículo 33.
Referencias a toda la norma

Artículo 26

   Auméntase en el importe equivalente a un grado, las dotaciones de los cargos comprendidos en el Capítulo III del Presupuesto General de Gastos vigente (Poder Judicial).
   Este beneficio no alcanzará a los cargos cuyas asignaciones se modifican por el artículo 24 de esta ley, ni a los Actuarios de los Juzgados Letrados de Primera Instancia en lo Civil de la Capital.
   La asignación de los Alguaciles de los Juzgados de Primera Instancia en 
lo Civil de Montevideo y de los Juzgados Letrados de Hacienda y de lo Contencioso Administrativo, será la correspondiente a la Categoría III, Grado II.
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