FONDO DE ASISTENCIA Y PREVISION SOCIAL. CREACION




Promulgación: 31/07/1943
Publicación: 10/08/1943
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1943
  •    Página: 1264
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   Los fondos que se arbitran por esta ley no podrán ser aplicados a la creación de cargos administrativos. La Contaduría General de la Nación no liquidará sueldo alguno que signifique violación de esta regla.
Ayuda