Decláranse extensivos a los trabajadores empleados en la explotación de bosques, montes y turberas, los beneficios de las leyes número 5.350 de 17 de Noviembre de 1915; el artículo 4° de la ley número 7.550 del 15 de Febrero de 1923, y la ley de Consejos de Salarios, de 12 de Noviembre de 1943.
AMEZAGA - JAVIER MENDIVIL - JUAN J. CARBAJAL VICTORICA - HECTOR ALVAREZ CINA - LUIS MATTIAUDA- ARTURO GONZALEZ VIDART- ADOLFO FOLLE JUANICO