PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. OBRAS PUBLICAS. FIJACION DE IMPUESTO. SUPRESION DE IMPUESTO. INSTRUCCION PUBLICA. INSTRUCCION PRIMARIA. PATENTE DE PERROS




Promulgación: 17/08/1944
Publicación: 23/08/1944
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1944
  •    Página: 787
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   El Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal dará publicidad, dentro de los treinta días de promulgada esta ley, al plan de construcciones con la ubicación exacta asignada a cada escuela, debiendo dar preferencia, en los llamados a licitación y ejecución de obras, a 
aquellas para las que existan donaciones de terreno o de cualquier otra clase que representen, por lo menos, el diez por ciento del costo total de la obra respectiva, no rigiendo dicha preferencia cuando existan razones fundadas a juicio del Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal.
Ayuda