PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. OBRAS PUBLICAS. FIJACION DE IMPUESTO. SUPRESION DE IMPUESTO. INSTRUCCION PUBLICA. INSTRUCCION PRIMARIA. PATENTE DE PERROS




Promulgación: 17/08/1944
Publicación: 23/08/1944
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1944
  •    Página: 787
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   Los anteproyectos de los edificios serán seleccionados preferentemente por concurso público, en el que solamente podrán intervenir los arquitectos con título emanado de la Universidad de la República, o formulados por la Sección Arquitectura Escolar dependiente del Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal.
   Los concursos serán organizados por dicho Consejo con la intervención de la Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas.
    A los efectos anteriores, el Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal proporcionará los planos de los terrenos con sus correspondientes estudios y la ubicación de los edificios en los mismos.
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