PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO




Promulgación: 15/09/1944
Publicación: 23/09/1944
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1944
  •    Página: 903

Artículo 1

   Autorízase al Poder Ejecutivo a destinar el equivalente de hasta cien mil dólares ($ /a 100.000.00) por concepto de aporte del Ministerio de Salud Pública al "Servicio Cooperativo Panamericano de Salud Pública", de acuerdo con los convenios que celebre con la Oficina del Coordinador de Asuntos Americanos.
  Esos fondos, así como los quinientos mil dólares ($ /a 500.000.00) donados por Estados Unidos de Norte América, se utilizarán en la preparación y principio de ejecución de un plan de Higiene y Salud Públicas en el Uruguay, y su inversión será autorizada, en cada caso, por el Ministerio de Salud Pública.

Artículo 2

   Aquella cantidad se depositará en una cuenta especial a la orden del Ministerio de Salud Pública.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

AMEZAGA - LUIS MATTIAUDDA - HECTOR ALVAREZ CINA
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