EMISION DE DEUDA PUBLICA CON DESTINO A OBRA PUBLICA Y VIALIDAD




Promulgación: 23/12/1944
Publicación: 09/01/1945
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1944
  •    Página: 1318
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   Autorízase al Poder Ejecutivo a emitir una Deuda Interna por la cantidad de $ 70.000.000.00 v/n., que se aplicará escalonadamente, en un período mínimo de cinco años, al cumplimiento del presente Plan de Obras Públicas.
   La deuda se denominará "Deuda de Obras Públicas 5% 1944" y gozará de un interés anual del 5%, pagadero trimestralmente y 1% de amortización acumulativa. La amortización se efectuará por compra directa en Bolsa o a la puja, cuando los títulos estén abajo de la par, y por sorteo a la par, cuando los títulos estén a la par o por encima de ella.
Referencias al artículo

AMEZAGA - TOMAS BERRETA - HECTOR ALVAREZ CINA - ADOLFO FOLLE JUANICO - JAVIER MENDIVIL - LUIS MATTIAUDA - ALFREDO R. CAMPOS - JUAN J. CARBAJAL VICTORICA - JOSE SERRATO - ARTURO GONZALEZ VIDART
       


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