Las Intendencias pagarán el precio de las obras a los instaladores o contratistas, en efectivo, de acuerdo con las disposiciones reglamentarias que se establezcan y con intervención de las oficinas técnicas competentes y de la Contaduría Municipal. A ese efecto, el Ministerio de Hacienda entregará a las Intendencias los fondos necesarios, procedentes de la venta o de la caución de Bonos, a medida que le sean requeridos. Cada Gobierno Departamental podrá disponer hasta el equivalente, en efectivo, de cien mil pesos ($ 100.000.00) de Bonos, valor nominal. El excedente se distribuirá en proporción a las necesidades que se justifiquen.